Abogados Órdenes Europeas de Detención

Más información
 

La orden europea de detención y entrega es un procedimiento de cooperación judicial europeo que se inicia a solicitud de uno de los Estados firmantes y tiene como objetivo la entrega de un ciudadano para su enjuiciamiento o para cumplir condena. También llamada euroorden, se direfencia de la extradición en varios aspectos.

Plazos estrictos

Tras la emisión de la solicitud de detención por un Estado Miembro, el detenido será puesto a disposición del Juez Central de Instrucción de la Audiencia Nacional en el plazo máximo de 72 horas.

En el caso de menores de edad, a partir de los 14 años, el plazo se reducirá a 24 horas, en el que el menor detenido será puesto a disposición del Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional.

El Juez preguntará al detenido si consiente su entrega a las autoridades del país reclamante. Si acepta y no hubiera causas de denegación o condicionamiento, el Juez acordará la entrega.

Si el reclamado no consiente la entrega, el Juez convocará al abogado y al fiscal para la celebración de vista, que deberá celebrarse en el plazo máximo de 3 días. En esa vista podrá practicarse la prueba que se considere oportuna para poder decidir acerca de la solicitud.

El Juez Central de Instrucción resolverá sobre la entrega en el plazo máximo de 10 días desde la vista. Contra esta resolución cabe recurso de apelación.

Abogados orden europea de detención y entrega

13 + 7 =

2. Motivos de denegación

Un país sólo puede negarse a entregar a una persona buscada si es de aplicación uno de los motivos de denegación obligatoria o facultativa. Lo más importante para la defensa es analizar si existe alguno de los siguientes motivos:
en blanco
Denegación obligatoria

2.1.1. Non bis in idem: el reclamado ya ha sido juzgado por el mismo delito.

2.1.2. Menores: la persona reclamada no puede ser considerada responsable penalmente por razón de su edad, teniendo en cuenta el Derecho Español.

2.1.3. Indulto: la persona haya sido indultada en Españapor los mismos hechos.

2.1.4. Amnistía: el país de ejecución tenía competencia para perseguir el delito y se ha decretado una amnistía.

2.1.5. Sobreseimiento: cuando se haya acordado el sobreseimiento libre en España por los mismos hechos.

2.1.6. Doble tipificación: cuando el delito por el que se reclama se encuentre dentro de la lista de los delitos del artículo 20 y estuviera castigado con pena de al menos, tres años, no se someterá la petición al control de la doble tipificación

Denegación potestativa

2.2.1. Procedimiento en España por los mismos hechos: cuando el reclamado esté ya sometido en nuestro país a un procedimiento por estos hechos.

2.2.2. Procedimiento penal pendiente: en los casos en que el reclamado tiene causas pendientes en España.

2.2.3. Prescripción: cuando se refiera a hechos para cuyo enjuiciamiento sean competentes las autoridades españolas y estén prescritos conforme al Derecho español.

3. Plazos para la ejecución de una orden de detención y entrega

Actuación Plazo
Si el reclamado consiente la entrega 10 días desde el consentimiento
Si el reclamado no consiente 60 días para adoptar una resolución. Si no se puede adoptar en este plazo, se concederán 30 días adicionales
Entrega física del reclamado 10 días desde que se adopta la resolución de entrega.
Plazo adicional En caso de no poder entregar al reclamado, hay un plazo de 10 días adicional
Suspensión de la entrega Excepcionalmente, se puede suspender la entrega por motivos humanitarios graves. La entrega se realizará en los 10 días siguientes al momento en que dejen de existir.

4. Países firmantes del acuerdo

El sistema de entregas se aplica en las relaciones con los Estados miembros de la Unión Europea: España, Bélgica, Portugal, Dinamarca, Suecia, Finlandia, Irlanda, Reino Unido, Francia, Luxemburgo, Austria, Chipre, Hungría, Eslovenia, Polonia, Lituania, Países Bajos, Malta, Letonia, Estonia, Grecia, Eslovaquia, Alemania, República Checa e Italia. Países como Noruega o Islandia tienen protocolos de cooperación.

Olimpa Abogados tiene una amplia experiencia en órdenes europeas de detención y entrega, consúltenos su caso, le resolveremos sus dudas y le plantearemos la mejor estrategia a seguir.

Olimpa Abogados
5.0
Basado en 41 reseñas.
powered by Google
No suelo poner opiniones, pero en este caso vale la pena. Desde el primer momento con los abogados de Olimpa me han tratado de forma impecable, con dedicación y me han respondido todas las dudas.Por su experiencia en derecho penal y su esfuerzo, han conseguido una absolución muy inesperada porque las probabilidades eran muy bajas.Nadie espera tener que lidiar en algún momento de su vida con un proceso penal y normalmente no tienes a un especialista conocido así que recomiendo este bufete a todos los que necesiten defensa penal profesional y efectiva.
Jorge Martinez PerisJorge Martinez Peris
10:36 14 Jan 22
Quiero escribirles mi profundo agradecimiento a Olimpa Abogados por el excelente trabajo realizado.Desde un principio demostraron profesionalismo, seriedad y confianza, transmitiéndonos cuál era la estrategia desde la primera reunión.Fue un caso muy complejo y delicado al tratarse de un caso injusto de extradición.
ledicia losadaledicia losada
18:44 12 Jan 22
Muchas gracias a todo el equipo de abogados por la profesionalidad y dedicación con la que llevaron nuestro caso. De verdad están especializados en procedimientos penales: estafa, falsedad, apropiación indebida, etc. y saben dar el enfoque profesional sin perder el toque personal y ese trato afectivo y sereno que tanta falta hace en casos de este tipo y que otros despachos no demuestran o no lo tienen dentro de sus prioridades. Muchas gracias de veras por el entusiasmo demostrado en el caso hasta conseguir la absolución. Sin duda, seguiremos contando con vuestros servicios en futuras ocasiones.
Natalia LemusNatalia Lemus
16:22 04 Jan 22
Muy agradecida a todo el equipo de abogados.Me habían enviado de Hacienda una apertura injusta de expediente por fraude fiscal por facturación triangular de IVA de varias sociedades en España y gracias a las alegaciones presentadas han cerrado el caso.Lo recomiendo para todos los casos financieros y tributarios, son expertos de verdad.
Neus Calatayud GranchaNeus Calatayud Grancha
19:36 15 Dec 21
Despacho con muy buenos profesionales.En mi caso en todo momento atentos a mis necesidades y siempre dentro de los plazos, algo que me ha dado problema en Otras ocasiones.100% recomendable
js_loader

Olimpa Abogados en los medios

Todos nuestros servicios

Contacto

Horario

9:00h - 20:00h

Dirección

Calle Diego de León 22, 2º Derecha, 28006
Madrid

C. Mayor, 11, 28801
Alcalá de Henares, Madrid