Abogados Negligencias Médicas

Más información
 

Elementos básicos

Se entienden por negligencia médica los daños (tanto físicos como psicológicos) sufridos por un paciente por la actuación u omisión de un médico. Las negligencias médicas debidamente acreditadas dan derecho a una indemnización en favor del paciente.

Para que exista negligencia médica deben concurrir varios elementos:

  • Existencia de lesión: hay múltiples tipos de lesión, desde las físicas a las psicológicas.
  • Mala praxis: actuación médica alejada de los estándares aceptados en la profesión, especialidad y conforme a la técnica existente.
  • Nexo causal: es decir, la actuación del médico debe ser el motivo por el que se ha producido la lesión. El perjuicio no puede deberse a motivos ajenos al desempeño médico.

Es fundamental contar con un abogado especializado para que redacte la reclamación, adjunte todos los informes médicos relevantes, busque todos los casos precedentes similares que fundamenten la indemnización, individualice la responsabilidad en el facultativo responsable (pues hay veces que hay varios intervinientes en la operación) y cuantifique la cuantía a pagar a la víctima.

Abogado para negligencias médicas

7 + 14 =

Tipos de negligencias médicas

Muchos clientes nos consultan acerca de su caso para conocer las posibilidades de éxito. Sólo un análisis minucioso de toda la documentación existente de un abogado especialista le podrá resolver sus dudas. Sin embargo, a modo orientativo, vamos a enumerar los casos de negligencias médicas más comunes:

en blanco

Error de diagnóstico

Las consecuencias de un error de diagnóstico pueden ser leves, moderadas, graves e incluso muy graves. No todos los errores darán lugar a indemnización, sino sólo aquellos cuya responsabilidad sea atribuible a la actuación del médico. Serán aquellos casos en los que el médico no ha utilizado los medios disponibles para realizar un diagnóstico acertado o bien, los casos en que utilizándolos todos, ha llegado a una conclusión opuesta a la realidad.

Son especialmente graves aquellos supuestos en los que debido al error en el diagnóstico no se ha podido poner en práctica el tratamiento adecuado que para sanar al paciente.

Error en la prescripción de medicamentos

Relacionado con el anterior, otro de los errores más comunes es la prescripción errónea de medicamentos. Se podrá reclamar en aquellos casos en los que haya lesión o retraso en el tratamiento que hubiera dado lugar a la curación.

Error quirúrgico

Cualquier intervención quirúrgica tiene riesgos inherentes de los que el paciente haber sido suficiente y correctamente informado a través del formulario de consentimiento adaptado a la operación concreta. Los riesgos que entraña cada operación son conocidos por el hospital y por el médico responsable de la operación, pues son riesgos comúnmente aceptados en este ámbito.

Sin embargo, este consentimiento no implica asumir un resultado lesivo no atribuible a factores ajenos sino a una actuación médica equivocada, es decir, un error médico debido a una mala técnica quirúrgica o a una imprudencia médica. A este respecto, es fundamental contar con un perito especialista que analice la historia clínica para emitir un informe preciso de lo sucedido en quirófano.

Infecciones hospitalarias

Son relevantes a efectos legales aquellas infecciones que se han producido durante la estancia en el hospital por acción u omisión de los facultativos médicos o responsabilidad del hospital. Es decir, quedan excluidas aquellas infecciones que no son debidas a la actuación o dejación del centro médico o sus trabajadores.

Nos centraremos entonces en los contagios producidos por falta de desinfección y/o de cuidado con el instrumental utilizado.

Se llaman infecciones nosocomiales o intrahospitalarias y en la mayoría de las ocasiones se producen por una deficiente higiene o falta de esterilización del material quirúrgico o sanitario. Las infecciones sanitarias se pueden producir en cualquier área del hospital y las causas son muy variadas: tratamientos negligentes, falta de asepsia en los viales suministrados a los pacientes, contacto del paciente con bacilos existentes en el hospital, etc.

Suelen ser infecciones cuya causa no es sencilla de probar, por lo que es absolutamente recomendable contar con un abogado especializado en derecho sanitario y un perito con experiencia.

Retraso en el diagnóstico

El retraso en el diagnóstico puede producirse en relación a cualquier patología. Sin embargo, hay algunas enfermedades en las que esta negligencia es más común, como en el caso del cáncer.

En la mayoría de los casos, si se obtiene un diagnóstico de la patología oncológica en un estadio inicial de la enfermedad, el pronóstico de la evolución es más favorable y las probabilidades de curación son mucho más altas.

La atención primaria es la especialidad que habitualmente debe evaluar al paciente y valorar si hay necesidad de remitirlo para que sea atendido por la especialidad correspondiente.

Los errores y retraso en el diagnóstico se pueden dar en cualquiera de las especialidades médicas: medicina interna, digestivo, ginecología, urología, pediatría, etc.

En las mujeres el retraso en el diagnóstico más común es en relación al cáncer de mama. En la mayor parte de las ocasiones se producen por no atender a síntomas importantes como nódulos, asimetría, telorrea, etc. La omisión en la realización de pruebas como mamografía, resonancia o biopsia, en función de las circunstancias concretas, pueden suponer un agravamiento innecesario de la enfermedad.

En los hombres los casos más comunes son el retraso en el diagnóstico del cáncer de cólon por omitir en la valoración y seguimiento del paciente pruebas como la colonoscopia o el TAC. También son desgraciadamente comunes el retraso en el diagnóstico del cáncer de próstata al no realizar la analítica de PSA, tacto rectal y biopsia o del cáncer de vejiga por no haber realizado análisis de marcadores tumorales en orina o cistoscopia. Por último, los retrasos en el diagnóstico del cáncer de pulmón por omisión de radiografía de tórax, gammagrafía ósea o PET.

 

Negligencias médicas más comunes

en blanco

Daños al feto

Desgraciadamente, se trata de uno de los casos más habituales que asesoramos. Sabemos que cualquier intervención médica conlleva riesgos inherentes que no pueden ser eliminados al 100%. A efectos legales, lo relevante es que se haya producido una lesión debido a una acción u omisión de los facultativos médicos que no tendría por qué haberse producido y por tanto genera la obligación de resarcir a la víctima.

A continuación señalamos los tipos de negligencia que pueden afectar a la madre y al feto:

– Daños producidos por el mal uso del fórceps.
– Desgarros o lesiones durante el parto que ocurren cuando el bebé no puede salir correctamente.
– Infecciones producidas por una asepsis deficiente o por el ovido de restos.
– Episotomía mal ejecutada que puede producir una lesión permanente.
– Hipoxia o falta de oxígeno en el feto que puede tener como consecuencia desde lesiones leves a lesiones muy graves.

Los daños pueden ser apreciados en el momento del parto o bien semanas o meses después. Es fundamental que se asesore con un abogado especialista que analice la historia clínica y además cuente con un perito experimentado.

Cirugía estética

Se trata de otro de los casos que vemos con mayor frecuencia ya que cada vez un mayor número de pacientes se someten a operaciones de cirugía estética para mejorar alguna parte de su cuerpo.

Las operaciones más comunes que han dado lugar a indemnizaciones por negligencias son: aumento, reducción o elevación de pecho, otoplastia o recolocación de orejas, rinoplastia o cirugía de nariz, blefaroplastia o cirugía de párpados o liposucción.

Desafortunadamente es una profesión en la que en muchas ocasiones el supuesto cirujano especializado no tiene el título académico reconocido en nuestro país para la realización de la cirugía, bien porque nunca lo obtuvo, bien porque lo obtuvo en un tercer país y no ha sido reconocido en España. Es un fenómeno reconocido como intrusismo, del cuál puedes conocer más aquí.

Daños en implantes mamarios

Las cirugías de pecho son las operaciones más comunes en cirugía estética. Sin embargo, no están exentas de riesgos como infecciones o sepsis, hemorragias que requieran tratamiento urgente, contractura capsular, rotura de la prótesis, cicatrices, hipersensibilidad, hipoestesia o disminución de la sensibilidad en la piel.

De igual forma, el resultado de la operación debe ser acorde al diagnóstico inicial y los riesgos señalados en el consentimiento informado.

Daños en operaciones oculares

Es otra de las negligencias que analizamos y reclamamos de forma más frecuente. En ocasiones la negligencia se produce porque existen “clínicas” que aconsejan a sus pacientes operarse de miopía, astigmatismo o hipermetropía con la técnica Lasik, Relex Smile, Prk o lentes intraoculares sin que se cumplan los parámetros médicos para que la operación sea segura. Es decir, aunque el paciente tenga una alta graduación, ojo con sequedad notable u otras circunstancias que hagan desaconsejable la intervención, existen clínicas que proceden a realizarla porque su prioridad es la facturación y no la salud ocular del paciente.

Otro tipo de negligencias son las que se producen por mala praxis en la operación y aquí el abanico de casos es muy amplio. Puede tratarse de una técnica deficiente del médico, de aplicación de material quirúrgico inapropiado, de una infección causada por la actuación de los facultativos o del centro médico, etc.

Las consecuencias de las negligencias son de muy diverso tipo: ojo seco crónico, neuralgia corneal, transplante de córnea, dolor neuropático crónico, etc.

Daños maxilofaciales o dentales

Cada vez hay más pacientes que han sufrido daños por negligencias dentales que toman conciencia de sus derechos para reclamar.

La mayoría de estas denuncias por mala praxis se producen por negligencias dentales derivadas de un tratamiento de ortodoncia, de intervenciones quirúrgicas de implantes y de cirugías maxilofaciales.

Normalmente las negligencias se producen por varios motivos:

– Tratamiento no adecuado a la necesidad, salud buco-dental, antecedentes y patologías preexistentes.
– Falta de consentimiento informado al paciente que posibilite la comprensión de éste de todas las posibles contingencias.
– Cirugía defectuosa que causa daños en los nervios de la boca o de la cara.
– Retirada de piezas o implantación defectuosa, que provoca pérdida de otras piezas, infección dental o incluso reoperaciones.

Daños en prótesis de cadera

La implantación o recambio de prótesis de cadera resultan ser a menudo operaciones con riesgo y en algunos casos se producen lesiones en los nervios debidos al mal uso del instrumental, la implantación defectuosa, etc.

Ginecología, traumatología, medicina interna y cirugía son algunas de las especialidades en las que existen más casos de negligencias médicas. En estas especialidades (también en otras) habitualmente existen opiniones médicas divergentes acerca de la conveniencia de un tratamiento conservador u otro quirúrgico. En ocasiones, hay inentivos perversos para algunos médicos en la adopción del tratamiento más innovador o invasivo en lugar de otros más conservadores. Por ello, hay que analizar el historial médico del paciente para valorar si el tratamiento prescrito era el más adecuado, si se informó al paciente de las alternativas y en su caso, destapar si el médico ha podido decidirse por el tratamiento quirúrgico teniendo en cuenta criterios espurios como un mayor beneficio personal.

 

¿Cómo calcular la indemnización?

El baremo para calcular la indemnización utilizado por los tribunales es el que está incluido en la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Esta norma se ha venido utilizando de forma continuada desde hace más de veinte años, aunque es importante señalar que se trata de una orientación no vinculante y el perito judicial deberá establecer en su informe a cuánto ascienden todos los daños ocasionados al paciente.

en blanco

Las lesiones temporales se dividen en varios tipos, según el perjuicio sufrido por el paciente

– Perjuicio personal básico: correspondiente a los días de curación de la lesión no impeditivos para su actividad cotidiana. Se establece una indemnización de 30 euros diarios.

– Perjuicio personal moderado: corresponde a los días de curación de la lesión que sí impiden a la víctima la posibilidad de realizar actividades específicas diarias. Se establece indemnización de 52 euros diarios.

– Perjuicio personal particular grave: la víctima pierde temporalmente su autonomía personal para realizar una parte relevante de las actividades esenciales cotidianas. Por ejemplo cuando debe estar ingresado en el hospital (fuera de unidades de cuidados intensivos). Se establece indemnización de 75 euros diarios.

– Perjuicio personal muy grave: se trata de las lesiones que causan la pérdida de la autonomía personal absoluta a la víctima, por ej. en los casos de ingreso en unidades de cuidados intensivos. Se concede una indemnización de 100 euros diarios.

Intervenciones quirúrgicas para sanar o disminuir secuelas

Si el paciente debe someterse a otras intervenciones para curar las lesiones provocadas por la mala praxis, también deberá recibir indemnización por este concepto. En principio, el baremo establece una indemnización de 400 a 1.600 euros por cada operación. Sin embargo, es importante precisar que de la misma forma que sucede con el perjuicio causado por las lesiones, el importe total debe establecerse en atención al informe pericial realizado.

Secuelas

La víctima también tiene derecho a ser indemizada por las secuelas sufridas. De nuevo, la indemnización dependerá de la gravedad de las mismas y para ello es fundamental contar con un abogado y un perito especializados.

Daños morales

Este concepto a indemnizar incluye el daño moral al paciente y sus familiares, el lucro cesante, el grado de incapacidad del lesionado en relación a su actividad profesional, la necesidad de rehabilitación, pérdida parcial o total de autonomía personal y estado físico y psicológico en que se queda la víctima.

Por último, es muy importante hacer hincapié en que la indemnización en casos de negligencia médica tiene un baremo que guía los diferentes conceptos por los que reclamar, pero sin duda existe un margen amplio de decisión de los tribunales y contar con un abogado experto en este tipo de procedimientos es necesario para acertar en el planteamiento y la solicitud de la cantidad.

 

¿Cómo calcular la indemnización?

El baremo para calcular la indemnización utilizado por los tribunales es el que está incluido en la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Esta norma se ha venido utilizando de forma continuada desde hace más de veinte años, aunque es importante señalar que se trata de una orientación no vinculante y el perito judicial deberá establecer en su informe a cuánto ascienden todos los daños ocasionados al paciente.

en blanco

Las lesiones temporales se dividen en varios tipos, según el perjuicio sufrido por el paciente

– Perjuicio personal básico: correspondiente a los días de curación de la lesión no impeditivos para su actividad cotidiana. Se establece una indemnización de 30 euros diarios.

– Perjuicio personal moderado: corresponde a los días de curación de la lesión que sí impiden a la víctima la posibilidad de realizar actividades específicas diarias. Se establece indemnización de 52 euros diarios.

– Perjuicio personal particular grave: la víctima pierde temporalmente su autonomía personal para realizar una parte relevante de las actividades esenciales cotidianas. Por ejemplo cuando debe estar ingresado en el hospital (fuera de unidades de cuidados intensivos). Se establece indemnización de 75 euros diarios.

– Perjuicio personal muy grave: se trata de las lesiones que causan la pérdida de la autonomía personal absoluta a la víctima, por ej. en los casos de ingreso en unidades de cuidados intensivos. Se concede una indemnización de 100 euros diarios.

Intervenciones quirúrgicas para sanar o disminuir secuelas

Si el paciente debe someterse a otras intervenciones para curar las lesiones provocadas por la mala praxis, también deberá recibir indemnización por este concepto. En principio, el baremo establece una indemnización de 400 a 1.600 euros por cada operación. Sin embargo, es importante precisar que de la misma forma que sucede con el perjuicio causado por las lesiones, el importe total debe establecerse en atención al informe pericial realizado.

Secuelas

La víctima también tiene derecho a ser indemizada por las secuelas sufridas. De nuevo, la indemnización dependerá de la gravedad de las mismas y para ello es fundamental contar con un abogado y un perito especializados.

Daños morales

Este concepto a indemnizar incluye el daño moral al paciente y sus familiares, el lucro cesante, el grado de incapacidad del lesionado en relación a su actividad profesional, la necesidad de rehabilitación, pérdida parcial o total de autonomía personal y estado físico y psicológico en que se queda la víctima.

Por último, es muy importante hacer hincapié en que la indemnización en casos de negligencia médica tiene un baremo que guía los diferentes conceptos por los que reclamar, pero sin duda existe un margen amplio de decisión de los tribunales y contar con un abogado experto en este tipo de procedimientos es necesario para acertar en el planteamiento y la solicitud de la cantidad.

 

Obligaciones de los profesionales sanitarios

Los profesionales sanitarios tienen formación y asesoramiento legal para prevenir los casos de mala praxis, que desgraciadamente se siguen produciendo.

Existen una serie de factores que han transparencia y acceso a la Justicia a pacientes que habían sido víctimas de mala praxis. Por fortuna, en los últimos años, los pacientes cada vez están más informados de sus derechos y del tipo de operación y riesgos que conlleva. Además, exigen tener suficiente información de los riesgos inherentes al tratamiento y de las alternativas a éste. En otras ocasiones, pacientes mal aconsejados por abogados no especializados y con la única motivación de obtener honorarios de resultado, han litigado por consejo de estos sin que la reclamación estuviera fundada.

Para ser justos, en no pocas ocasiones, la excesiva carga de trabajo que en muchas ocasiones los médicos soportan, limita el tiempo que pueden dedicar a cada paciente y es una de las causas de potenciales errores. La existencia de dolo o voluntad de cometer negligencia en los casos médicos es prácticamente 0, la inmensa mayoría de los supuestos serán por imprudencia.

  • Actuar con la competencia médica adecuada.
  • Evitar al enfermo riesgos innecesarios en las exploraciones y/o tratamientos.
  • Dar al paciente información real y objetiva, que no genere falsas expectativas.
  • Incluir toda la información relevante en la historia clínica, que debe ser completa e incluir todas las pruebas médicas así como la argumentación que fundamenta las decisiones médicas. La historia clínica es en el sector sanitario lo que la caja negra en el sector aeronaútico y será una de las pruebas fundamentales en un proceso judicial. Existen precedentes de modificación de historias clínicas por el propio médico tras recibir la notificación de la denuncia. Estos cambios o correcciones de las historias clínicas, por nimios o insignificantes que parezcan, pueden llevar al juez al convencimiento de que se está tratando de ocultar o tergiversar información para evitar la culpabilidad y, además, podrían ser constitutivos de un delito de falsedad documental.
  • Obtener del paciente la declaración de consentimiento informado. Debe detallar los riesgos personalizados del procedimiento a que se somete el paciente y es imprescindible.
  • Guardar el secreto profesional dentro del ámbito médico y fuera de él.
  • Seguir los protocolos, guías de práctica clínica y tratamientos convencionales recomendados para la patología tratada.
  • Cumplir con toda la normativa médica aplicable a su ámbito de actuación.
  • Estar actualizado en los conocimientos y habilidades existentes en la especialidad médica de la que es especialista el facultativo.

Todos los médicos deben informar a sus pacientes de los riesgos y posibles consecuencias a las que se enfrentan con un tratamiento u operación. Especialmente relevantes son los casos en los que existe consentimiento pero ha existido un vicio al prestarlo, es decir, es jurídicamente inválido y por ello no avala la intervención quirúrgica.

Este deber según el art. 4.3 de la ley 41/2002 le corresponde al médico responsable, profesional encargado de coordinar la asistencia médica.

El contenido mínimo debe ser la explicación de la finalidad, naturaleza, riesgos y consecuencias de la actuación terapéutica proyectada y en su caso, de su omisión.

La evaluación del paciente incluye la valoración de si es capaz de tomar decisiones acerca de su salud. Debe ser adecuada a las circunstancias y proporcionada a las necesidades.

Olimpa Abogados
5.0
Basado en 41 reseñas.
powered by Google
No suelo poner opiniones, pero en este caso vale la pena. Desde el primer momento con los abogados de Olimpa me han tratado de forma impecable, con dedicación y me han respondido todas las dudas.Por su experiencia en derecho penal y su esfuerzo, han conseguido una absolución muy inesperada porque las probabilidades eran muy bajas.Nadie espera tener que lidiar en algún momento de su vida con un proceso penal y normalmente no tienes a un especialista conocido así que recomiendo este bufete a todos los que necesiten defensa penal profesional y efectiva.
Jorge Martinez PerisJorge Martinez Peris
10:36 14 Jan 22
Quiero escribirles mi profundo agradecimiento a Olimpa Abogados por el excelente trabajo realizado.Desde un principio demostraron profesionalismo, seriedad y confianza, transmitiéndonos cuál era la estrategia desde la primera reunión.Fue un caso muy complejo y delicado al tratarse de un caso injusto de extradición.
ledicia losadaledicia losada
18:44 12 Jan 22
Muchas gracias a todo el equipo de abogados por la profesionalidad y dedicación con la que llevaron nuestro caso. De verdad están especializados en procedimientos penales: estafa, falsedad, apropiación indebida, etc. y saben dar el enfoque profesional sin perder el toque personal y ese trato afectivo y sereno que tanta falta hace en casos de este tipo y que otros despachos no demuestran o no lo tienen dentro de sus prioridades. Muchas gracias de veras por el entusiasmo demostrado en el caso hasta conseguir la absolución. Sin duda, seguiremos contando con vuestros servicios en futuras ocasiones.
Natalia LemusNatalia Lemus
16:22 04 Jan 22
Muy agradecida a todo el equipo de abogados.Me habían enviado de Hacienda una apertura injusta de expediente por fraude fiscal por facturación triangular de IVA de varias sociedades en España y gracias a las alegaciones presentadas han cerrado el caso.Lo recomiendo para todos los casos financieros y tributarios, son expertos de verdad.
Neus Calatayud GranchaNeus Calatayud Grancha
19:36 15 Dec 21
Despacho con muy buenos profesionales.En mi caso en todo momento atentos a mis necesidades y siempre dentro de los plazos, algo que me ha dado problema en Otras ocasiones.100% recomendable
js_loader

Olimpa Abogados en los medios

Todos nuestros servicios

Contacto

Horario

9:00h - 20:00h

Dirección

Calle Diego de León 22, 2º Derecha, 28006
Madrid

C. Mayor, 11, 28801
Alcalá de Henares, Madrid