Abogados especialista delito contra la salud publica

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Existen muchas modalidades de delitos contra la salud pública. Vamos a agruparlos en cuatro grandes grupos:

  • Delitos de elaboración o comercio de sustancias químicas peligrosas. Las penas de prisión van de 6 meses a 3 años, multa de 6 meses a 12 meses e inhabilitación especial para profesión o industria por tiempo de 6 meses a 2 años.
  • Delitos de elaboración, expedición o simulación de medicamentos, entre los que cabe incluir los relativos al dopaje de deportistas. Las penas van de 6 meses a 4 años de prisión, multa de 6 a 18 meses e inhabilitación para ejercer profesión u oficio de 6 meses a 5 años
  • Delitos de elaboración y tráfico de sustancias de consumo. Las penas son de prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses, con prohibición para ejercer la profesión de hasta 10 años.
  • Delitos de cultivo, elaboración y tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes y psicotrópicas. Las penas son las siguientes:

Abogados especialistas en delitos salud pública

10 + 8 =

Sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, éxtasis, etc.)

Tipo de delito Pena de prisión Pena de multa
General sin agravante ni atenuante

De 3 a 6 años

Del valor de la droga al triple

Con aplicación de atenuante (por escasa entidad del hecho o por otras atenuantes)

De 1 año y medio a 3 años y un día

De la mitad del valor de la droga a su valor

Con aplicación de agravante (grandes cantidades, sustancias adulteradas o mezcladas, venta en centros docentes, venta a menores, etc.)

De 6 a 9 años

Del valor de la droga a cuatro veces su valor

Dentro de organización criminal (los partícipes)

De 9 a 12 años

Del valor de la droga a cuatro veces su valor

Dentro de organización criminal (los jefes, encargados y administradores)

De 12 a 18 años

De cuatro veces el valor de la droga a seis veces su valor

Sustancias que no causan grave daño a la salud (cannabis, etc.)

Tipo de delito Pena de prisión Pena de multa

General sin agravante ni atenuante

De 1 a 3 años

Del valor de la droga al doble

Con aplicación de atenuante (por escasa entidad del hecho o por otras atenuantes)

De seis meses a un año de prisión

De la mitad del valor de la droga a su valor

Con aplicación de agravante (grandes cantidades, sustancias adulteradas o mezcladas, venta en centros docentes, venta a menores, etc.)

De 3 a 4 años y medio

Del valor de la droga a cuatro veces su valor

Dentro de organización criminal (los partícipes)

De 4 años y medio a 10 años

Del valor de la droga a cuatro veces su valor

Dentro de organización criminal (los jefes, encargados y administradores)

De 10 a 15 años

De cuatro veces el valor de la droga a seis veces su valor

Posibilidades de rebaja de pena

en blanco

Escasa entidad de los hechos

Se puede excepcionalmente aplicar una rebaja de la pena en toda clase de drogas en atención a la escasa entidad de los hechos o de las circunstancias personales del sujeto. Esta rebaja de la pena no ocurrirá en los supuestos de extrema gravedad en que el acusado pertenezca a organización delictiva.

Esta atenuante se puede aplicar en los casos de venta de pocas dosis para consumo. También se aplica teniendo en cuenta las circunstancias del sujeto, si éste no es reincidente, si tiene otra modo de vida ajeno al mundo del tráfico, etc.

También cabe la atenuante en los casos en que el sujeto tenga adicción a sustancias estupefacientes en el momento de la comisión del delito de tráfico de drogas y se encuentre en tratamiento de deshabituación o lo haya finalizado con éxito.

Arrepentimiento activo

Los requisitos para su apreciación son:

– Abandono voluntario de la actividad delictiva por parte del sujeto.
– Colaboración activa con alguna de las tres finalidades previstas: impedir la producción del delito, obtención de las pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o impedir la actuación o desarrollo de las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido o colaborado.

Posibilidades de aumento de pena

en blanco

Autoridad, funcionario público, educador u otros profesionales

Se incluyen en esta confición todos los diputados, funcionarios públicos, notarios, registradores, personal interino, auxiliares, sustitutos, inspectores y trabajadores del ámbito educativo sean monitores, voluntarios, etc. Art. 369.1 del Código Penal.

Hechos realizados en establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados

El motivo de esta agravante sería la voluntad de proteger a los clientes de establecimientos abiertos al público legalmente como bares, discotecas y pubs, que utilizan su pantalla legal para realizar actividades ilícitas.

En principio, se exige que para poder aplicar la agravante el ilícito tendría que cometerse en horarios de apertura al público. Art. 369.3 del Código Penal.

Suministro de sustancias a menores, disminuidos psíquicos o personas en tratamiento de rehabilitación

La agravante se justifica por la mayor vulnerabilidad de estos colectivos, que merece una mayor protección. Art. 369.4 del Código Penal.

Cantidades que se consideran notoria importancia

¿Cuáles son las cantidades que se consideran notoria importancia para la aplicación de la agravante?

Sustancia Cantidad agravada
Marihuana 10kg
Chocolate 2,5kg
Hachís 300gr
Cocaína 750gr
Heroína 300gr
Morfifna 1000gr
Anfetamina 90gr
Fenproporex 30gr
Metanfetamina 30gr
Alprazolam 5gr
Lorazepan 7,5gr
Triazolam 1,5gr
MDMA 240gr
MDA 240gr

Art. 369.5 del Código Penal.

Hay que tener en cuenta que esta tabla recoge el grado de pureza de la sustancia, no el total de la cantidad intervenida, por lo que hay que restar de la cantidad total intervenida el porcentaje que no es sustancia psicotrópica.

Además se aplica un margen de error sobre el análisis de laboratorio del 5%.

Sustancias adulteradas, manipuladas o mezcladas entre sí

Se contempla esta agravante dado que incrementa el daño para la salud. Nos referimos a todos los supuestos existentes, adulteración, manipulación, mezcla, etc. Art. 369.6 del Código Penal.

Conductas realizadas en centros docentes, establecimientos militares o penitenciarios o centros de rehabilitación

Tienen una especial protección los colegios, por tratarse de colectivos especialmente vulnerables y se protege tanto en centro como las inmediaciones del mismo. Art. 369.7 del Código Penal.

Empleo de violencia, exhibición o uso de armas para cometer el hecho

Dentro de la violencia se incluye también la intimidación, en los casos en que el delito se comete por medios coactivos y coercitivos de índole moral. Art. 369.8 del Código Penal.

Pertenencia a organizaciones ilícitas

Las penas previstas para el tráfico de drogas se aumentan considerablemente cuando el delito se comete en el marco de una organización ilícita según el art. 369 del Código Penal.

Para que sea una organización criminal se exigen varios requisitos, debe ser una agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de forma concertada y coordinada se reparte diversas tareas o funciones con el fin de comenter delitos. Se encuentra definido en el art. 570 del Código Penal.

Extrema gravedad

Existen casos en los que se excede notablemente la agravación de la notoria importancia, en las que se utilizan embarcaciones, buques o aeronaves como medio de transporte, se simulan operaciones de comercio internacional, etc. y en estos casos las penas aún pueden elevarse por encima de los 18 años de prisión.
 

Consumo

Poseer sustancias estupefacientes para consumo propio o compartido no es un delito. Es decir, son la producción y el tráfico de estupefacientes las actividades prohibidas. La Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana establece sanciones administrativas de carácter grave o muy grave con multas de 601 hasta 30.000 euros por:

  • Consumir o poseer sustancias ilegales en lugares, establecimientos o vías públicas. Cuando los infractores sean menores de edad, las sanciones pueden revocarse siempre que se sometan a tratamiento de deshabituación.
  • Transportar personas para que puedan consumir sustancias estupefacientes.
  • Cultivar plantaciones en lugares visibles al público.

El siguiente enlace oficial de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios analiza a fondo la legislación, los requisitos para la autorización de cultivo de plantas de cannabis y otras cuestiones relacionadas:
Visita aquí para más información

Olimpa Abogados tiene una amplia experiencia en delitos contra la salud pública, consúltenos su caso, le resolveremos sus dudas y le plantearemos la mejor estrategia a seguir.

Olimpa Abogados
5.0
Basado en 41 reseñas.
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No suelo poner opiniones, pero en este caso vale la pena. Desde el primer momento con los abogados de Olimpa me han tratado de forma impecable, con dedicación y me han respondido todas las dudas.Por su experiencia en derecho penal y su esfuerzo, han conseguido una absolución muy inesperada porque las probabilidades eran muy bajas.Nadie espera tener que lidiar en algún momento de su vida con un proceso penal y normalmente no tienes a un especialista conocido así que recomiendo este bufete a todos los que necesiten defensa penal profesional y efectiva.
Jorge Martinez PerisJorge Martinez Peris
10:36 14 Jan 22
Quiero escribirles mi profundo agradecimiento a Olimpa Abogados por el excelente trabajo realizado.Desde un principio demostraron profesionalismo, seriedad y confianza, transmitiéndonos cuál era la estrategia desde la primera reunión.Fue un caso muy complejo y delicado al tratarse de un caso injusto de extradición.
ledicia losadaledicia losada
18:44 12 Jan 22
Muchas gracias a todo el equipo de abogados por la profesionalidad y dedicación con la que llevaron nuestro caso. De verdad están especializados en procedimientos penales: estafa, falsedad, apropiación indebida, etc. y saben dar el enfoque profesional sin perder el toque personal y ese trato afectivo y sereno que tanta falta hace en casos de este tipo y que otros despachos no demuestran o no lo tienen dentro de sus prioridades. Muchas gracias de veras por el entusiasmo demostrado en el caso hasta conseguir la absolución. Sin duda, seguiremos contando con vuestros servicios en futuras ocasiones.
Natalia LemusNatalia Lemus
16:22 04 Jan 22
Muy agradecida a todo el equipo de abogados.Me habían enviado de Hacienda una apertura injusta de expediente por fraude fiscal por facturación triangular de IVA de varias sociedades en España y gracias a las alegaciones presentadas han cerrado el caso.Lo recomiendo para todos los casos financieros y tributarios, son expertos de verdad.
Neus Calatayud GranchaNeus Calatayud Grancha
19:36 15 Dec 21
Despacho con muy buenos profesionales.En mi caso en todo momento atentos a mis necesidades y siempre dentro de los plazos, algo que me ha dado problema en Otras ocasiones.100% recomendable
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