Delitos contra la libertad
Descripción de delitos por amenazas
El delito de amenazas consiste en que una persona anuncia a otra que le va a causar un mal constitutivo de delito a él o a otra persona cercana.
El elemento fundamental del delito es la expresión de un mal con apariencia de seriedad y firmeza y con el ánimo de causar intimidación en la víctima. Por tanto el mal ha de ser futuro, injusto, determinado y posible, y ha de depender de forma exclusiva de la voluntad del autor.
Si la amenaza no es creible y por tanto no es apta para causar temor a la víctima, entonces se trataría de expresiones fuera del ámbito del derecho penal. De igual modo, no existiría delito en las expresiones de aquellos que amenazan con suicidarse tras una ruptura amorosa.
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Tipos de amenazas y penas con ejemplos
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Amenaza realizada exigiendo una cantidad o imponiendo una o varias condiciones
– Cuando el autor consigue su objetivo: Pena de 1 a 5 años de prisión.
– Si el autor no consigue su objetivo: Pena de 6 meses a 3 años de prisión.
Amenaza realizada de manera no condicional
– Pena de 6 meses a 2 años de prisión.
Las amenazas realizadas hacia poblaciones, etnias, grupos culturales o religiosos
Si las amenazas reclaman públicamente la comisión de actos terroristas
– Pena de 6 meses a 3 años de prisión.
Amenazar con un mal que no constituya peligro
– Pena de 3 meses a un año de prisión o multa de 6 a 24 meses.
– Si el culpable consigue su objetivo: La pena se impondrá en su mitad superior
Cuando la amenaza consista en recibir una recompensa a cambio de no publicar o difundir hechos
– Cuando el culpable consigue su objetivo: Pena de 2 a 4 años de prisión.
– Si el culpable no consigue su objetivo: Pena de 4 meses a 2 años de prisión.
Si se amenazase con denunciar algún delito
El Fiscal podrá no acusar de ese delito si este último se castigase con penas de 2 o menos años de prisión.
Las amenazas leves en casos de violencia sobre la mujer
– Penas de prisión de 6 meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días.
– En todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años.
– Cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado por interés de un menor o discapacitado que conviva con la víctima: Pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
– Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o una medida cautelar.
Violencia doméstica
– Pena de 3 meses a 1 año de prisión o, trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días.
– En todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 6 meses a 3 años.
– Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o una medida cautelar.
Resto de amenazas leves en casos de violencia doméstica
– Localización permanente de 5 a 30 días, en domicilio diferente y alejado del de la víctima o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días o Multa de 1 a 4 meses.
Para el resto de amenazas leves
– Pena de multa de 1 a 3 meses.
– Solo podrá ser perseguido el delito si la víctima denuncia.
Descripción de delitos de chantaje
Una modalidad especial de amenazas es el delito de chantaje, que se encuentra regulado en el art. 171.2 y consiste en exigir otra persona una cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar o difundir hechos referentes a su vida privada o relaciones familiares que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a su fama, crédito o interés.
Es relevante señalar que los datos difundidos han de ser hechos de la vida privada de la persona que no sean públicamente conocidos y que puedan afectar a la fama, crédito o interés de la persona.
Un ejemplo de chantaje común en la jurisprudencia son las expresiones del tipo: “si no me pagas 3.000 euros le diré a tu pareja que la estás engañando”.
Las penas serían de 2 a 4 años si se ha conseguido la entrega de todo o parte de lo exigido y de 4 meses a 2 años si no se hubiera conseguido.
Por último, el art. 171.3 prevé la modalidad de chantaje cuando consista en amenazar con revelar o denunciar la comisión de un delito.
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