Delitos contra la libertad

Delitos contra la libertad ¿cómo actuar frente a amenazas o coacciones?

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Delitos contra la libertad ¿cómo actuar frente a amenazas o coacciones?

Descripción de delitos por amenazas

El delito de amenazas consiste en que una persona anuncia a otra que le va a causar un mal constitutivo de delito a él o a otra persona cercana.

El elemento fundamental del delito es la expresión de un mal con apariencia de seriedad y firmeza y con el ánimo de causar intimidación en la víctima. Por tanto el mal ha de ser futuro, injusto, determinado y posible, y ha de depender de forma exclusiva de la voluntad del autor.

Si la amenaza no es creible y por tanto no es apta para causar temor a la víctima, entonces se trataría de expresiones fuera del ámbito del derecho penal. De igual modo, no existiría delito en las expresiones de aquellos que amenazan con suicidarse tras una ruptura amorosa.

Abogados especialistas delitos por amenazas

Tipos de amenazas y penas con ejemplos

Existen multitud de tipos de amenazas con penas diferentes, que vamos a enumerar a continuación
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Amenaza realizada exigiendo una cantidad o imponiendo una o varias condiciones
Amenaza realizada exigiendo una cantidad o imponiendo una o varias condiciones, aunque estas condiciones no sean delito. Ejemplo: “Te voy a matar si no me devuelves el préstamo”.

– Cuando el autor consigue su objetivo: Pena de 1 a 5 años de prisión.

– Si el autor no consigue su objetivo: Pena de 6 meses a 3 años de prisión.

Amenaza realizada de manera no condicional
Amenaza realizada de manera no condicional. Ejemplo: “Te voy a matar”.

– Pena de 6 meses a 2 años de prisión.

Las amenazas realizadas hacia poblaciones, etnias, grupos culturales o religiosos
Las amenazas realizadas hacia poblaciones, etnias, grupos culturales o religiosos, un colectivo o cualquier otro grupo de personas conllevarán penas superiores en grado a las anteriores.
Si las amenazas reclaman públicamente la comisión de actos terroristas
Si las amenazas reclaman públicamente la comisión de actos terroristas:

– Pena de 6 meses a 3 años de prisión.

Amenazar con un mal que no constituya peligro
Amenazar con un mal que no constituya peligro cuando sean graves y con la valoración objetiva de los hechos:

– Pena de 3 meses a un año de prisión o multa de 6 a 24 meses.

– Si el culpable consigue su objetivo: La pena se impondrá en su mitad superior

Cuando la amenaza consista en recibir una recompensa a cambio de no publicar o difundir hechos
Cuando la amenaza consista en recibir una recompensa a cambio de no publicar o difundir hechos de la vida privada o de las relaciones familiares de otro:

– Cuando el culpable consigue su objetivo: Pena de 2 a 4 años de prisión.

– Si el culpable no consigue su objetivo: Pena de 4 meses a 2 años de prisión.

Si se amenazase con denunciar algún delito
Si se amenazase con denunciar algún delito:

El Fiscal podrá no acusar de ese delito si este último se castigase con penas de 2 o menos años de prisión.

Las amenazas leves en casos de violencia sobre la mujer
Las amenazas leves en casos de violencia sobre la mujer o si se amenaza de modo leve a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor:

– Penas de prisión de 6 meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días.

– En todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años.

– Cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado por interés de un menor o discapacitado que conviva con la víctima: Pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.

– Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o una medida cautelar.

Violencia doméstica
Para los casos de violencia doméstica, las amenazas leves que se realicen con armas u otros instrumentos peligrosos:

– Pena de 3 meses a 1 año de prisión o, trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días.

– En todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 6 meses a 3 años.

– Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o una medida cautelar.

Resto de amenazas leves en casos de violencia doméstica
Resto de amenazas leves en casos de violencia doméstica:

– Localización permanente de 5 a 30 días, en domicilio diferente y alejado del de la víctima o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días o Multa de 1 a 4 meses.

Para el resto de amenazas leves
Para el resto de amenazas leves:

– Pena de multa de 1 a 3 meses.

– Solo podrá ser perseguido el delito si la víctima denuncia.

Delitos de chantaje

Descripción de delitos de chantaje

Una modalidad especial de amenazas es el delito de chantaje, que se encuentra regulado en el art. 171.2 y consiste en exigir otra persona una cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar o difundir hechos referentes a su vida privada o relaciones familiares que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a su fama, crédito o interés.

Es relevante señalar que los datos difundidos han de ser hechos de la vida privada de la persona que no sean públicamente conocidos y que puedan afectar a la fama, crédito o interés de la persona.

Un ejemplo de chantaje común en la jurisprudencia son las expresiones del tipo: “si no me pagas 3.000 euros le diré a tu pareja que la estás engañando”.

Las penas serían de 2 a 4 años si se ha conseguido la entrega de todo o parte de lo exigido y de 4 meses a 2 años si no se hubiera conseguido.

Por último, el art. 171.3 prevé la modalidad de chantaje cuando consista en amenazar con revelar o denunciar la comisión de un delito.

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Olimpa Abogados
5.0
Basado en 41 reseñas.
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No suelo poner opiniones, pero en este caso vale la pena. Desde el primer momento con los abogados de Olimpa me han tratado de forma impecable, con dedicación y me han respondido todas las dudas.Por su experiencia en derecho penal y su esfuerzo, han conseguido una absolución muy inesperada porque las probabilidades eran muy bajas.Nadie espera tener que lidiar en algún momento de su vida con un proceso penal y normalmente no tienes a un especialista conocido así que recomiendo este bufete a todos los que necesiten defensa penal profesional y efectiva.
Jorge Martinez PerisJorge Martinez Peris
10:36 14 Jan 22
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ledicia losadaledicia losada
18:44 12 Jan 22
Muchas gracias a todo el equipo de abogados por la profesionalidad y dedicación con la que llevaron nuestro caso. De verdad están especializados en procedimientos penales: estafa, falsedad, apropiación indebida, etc. y saben dar el enfoque profesional sin perder el toque personal y ese trato afectivo y sereno que tanta falta hace en casos de este tipo y que otros despachos no demuestran o no lo tienen dentro de sus prioridades. Muchas gracias de veras por el entusiasmo demostrado en el caso hasta conseguir la absolución. Sin duda, seguiremos contando con vuestros servicios en futuras ocasiones.
Natalia LemusNatalia Lemus
16:22 04 Jan 22
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Neus Calatayud GranchaNeus Calatayud Grancha
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