Delito de allanamiento de morada
¿Cuáles son los delitos de allanamiento de morada más comunes?
Delitos de allanamiento de morada
La persona que sin consentimiento del titular de una vivienda entre en ella o se mantenga dentro de ella negándose a abandonarla, será castigado con la pena de seis meses a dos años de prisión.
Por vivienda se entiende cualquier casa, apartamento, chalet, caravana y cualquier otro tipo de inmueble que tenga como fin la residencia del titular. Para que se entienda que constituye morada y por tanto se encuentre protegida por el Código Penal, se exige que sea habitable y que exista habitualidad.
En los casos más graves en que la entrada se ha producido con violencia o intimidación las penas serán de uno a cuatro años de prisión.
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Causas de justificación
Las más habituales son tres:
- Legítima defensa
- Estado de necesidad
- Cumplimiento de un deber
Casos comunes
- Cuando un hombre entra en casa de su expareja para recoger algunos bienes de su propiedad utilizando las llaves que ésta le había facilitado, no existe allanamiento.
- Cuando un policía entra en un establecimiento abierto al público fuera del horario de apertura para comprobar si se había refugiado en el local un huído, sí existe allanamiento.
- En los casos en que un divorciado entra en la vivienda común que tenía la pareja existiendo sentencia firme que adjudica la casa a su exmujer, sí existe allanamiento.
- Si un sujeto entra en un recinto (camping, finca, etc.) donde residen terceros ajenos, no existe allanamiento a no ser que entre de forma efectiva en la caravana, caseta, etc. donde vive de forma efectiva.
Concursos
- Robo en casa habitada: se trata de un concurso de normas, es decir, dos normas penan la misma acción y resolverá con la acusación por el delito más grave, en este caso el robo.
- Robo con violencia o intimidación: en este caso se trata de un concurso medial, puesto que el allanamiento es el medio para cometer el segundo delito, que es el robo. Se resolverá con la pena en su mitad superior del delito más grave, en este caso el robo con violencia o intimidación.
Este delito se refiere estrictamente a los casos de allanamiento de morada de persona física, si lo que se ha producido es allanamiento de morada de persona jurídica, haga click aquí
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