Abogado Delito de incendio

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En primer lugar, no cualquier incendio provocado constituye delito, sino que debe ser un fuego que que ponga en riesgo la salud o la vida de las personas.

En el análisis del caso se han de tener en cuenta las conductas anteriores:

– Motivación para provocar el incendio.
– Propagación del fuego.
– Materiales e instrumentos utilizados.
– Planificación.

Así como las conductas posteriores:

– Control de la propagación del incendio.
– Aviso a autoridades para frenar la expansión.
– Valor de la cosa dañada.

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Tipos

El delito puede cometerse con dolo (es decir voluntad del autor) o con imprudencia grave (no hay voluntad pero sí culpa).

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Dolo
Ejemplos de este tipo de delito serían:

– El agricultor que prende fuego a la maleza o la paja con fines económicos.
– Los jóvenes que prenden fuego a varios contenedores.
– La persona que enciende campingaz en una vivienda a pesar de la prohibición, causando un incendio en todo el edificio.

Imprudencia
Ejemplos de este tipo serían:

– Hoguera en el campo con la intención de festejar la noche de San Juan que acaba con hectáreas quemadas.
– Apicultor que provoca accidentalmente un incendio al hacer uso de su ahumador.

Penas

Las penas por el delito de incendio son muy distintas dependiendo de la gravedad:

– De 10 a 20 años cuando comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas.
– De 5 a 10 años en los casos de menor entidad del peligro causado y demás circunstancias.
– De 1 a 3 años cuando no haya riesgo para la vida e integridad física de las personas.
– De 1 a 5 años cuando se incendien montes o masas forestales.

– De 3 a 6 años cuando se incendien montes y concurra alguna de las siguientes agravantes: afecte a una superficie considerable, provoque efectos erosivos en los suelos, se altere las condiciones de vida animal o vegetal, afecte a un espacio natural protegido, afecte a zonas próximas a núcleos de población o lugares habitados, se provoque en un momento en que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen el riesgo de propagación o se causa grave deterioro o destrucción de los recursos.
– De 3 a 6 años cuando el motivo sea obtener beneficio económico.
– De 6 meses a 1 año cuando el incendio no se propague.
– De 6 meses a 2 años cuando se incendien zonas de vegetación no forestales.
– De 1 a 4 años cuando se incendien bienes propios con el propósito de perjudicar a terceros.

Para aquellos casos en que no exista voluntad, sino imprudencia, las penas se rebajarán atendiendo al hecho concreto.

Abogados delitos de incendios

Olimpa Abogados
5.0
Basado en 41 reseñas.
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No suelo poner opiniones, pero en este caso vale la pena. Desde el primer momento con los abogados de Olimpa me han tratado de forma impecable, con dedicación y me han respondido todas las dudas.Por su experiencia en derecho penal y su esfuerzo, han conseguido una absolución muy inesperada porque las probabilidades eran muy bajas.Nadie espera tener que lidiar en algún momento de su vida con un proceso penal y normalmente no tienes a un especialista conocido así que recomiendo este bufete a todos los que necesiten defensa penal profesional y efectiva.
Jorge Martinez PerisJorge Martinez Peris
10:36 14 Jan 22
Quiero escribirles mi profundo agradecimiento a Olimpa Abogados por el excelente trabajo realizado.Desde un principio demostraron profesionalismo, seriedad y confianza, transmitiéndonos cuál era la estrategia desde la primera reunión.Fue un caso muy complejo y delicado al tratarse de un caso injusto de extradición.
ledicia losadaledicia losada
18:44 12 Jan 22
Muchas gracias a todo el equipo de abogados por la profesionalidad y dedicación con la que llevaron nuestro caso. De verdad están especializados en procedimientos penales: estafa, falsedad, apropiación indebida, etc. y saben dar el enfoque profesional sin perder el toque personal y ese trato afectivo y sereno que tanta falta hace en casos de este tipo y que otros despachos no demuestran o no lo tienen dentro de sus prioridades. Muchas gracias de veras por el entusiasmo demostrado en el caso hasta conseguir la absolución. Sin duda, seguiremos contando con vuestros servicios en futuras ocasiones.
Natalia LemusNatalia Lemus
16:22 04 Jan 22
Muy agradecida a todo el equipo de abogados.Me habían enviado de Hacienda una apertura injusta de expediente por fraude fiscal por facturación triangular de IVA de varias sociedades en España y gracias a las alegaciones presentadas han cerrado el caso.Lo recomiendo para todos los casos financieros y tributarios, son expertos de verdad.
Neus Calatayud GranchaNeus Calatayud Grancha
19:36 15 Dec 21
Despacho con muy buenos profesionales.En mi caso en todo momento atentos a mis necesidades y siempre dentro de los plazos, algo que me ha dado problema en Otras ocasiones.100% recomendable
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