Abogados extradición en Alcobendas y San Sebastián de los Reyes
Más informaciónTipos de extradición
La extradición se puede presentar en dos tipos principales que son:
– Extradición pasiva: si se da el caso en el que un juez de un tercer país solicite a las autoridades españolas la entrega de un ciudadano con el objetivo de que cumpla una determinada condena o para ser juzgado.
– Extradición activa: en el caso de que un juez español solicite a un tercer país la entrega de un ciudadano para ser juzgado o cumplir una pena.
Abogados especializados en delitos de extradición en Alcobendas y San Sebastián de los Reyes
– Principio de legalidad: no se concederá la extradición de un ciudadano si no existe fundamento en una ley o tratado que esté vigente.
– Principio de reciprocidad: no se extraditará a países que no accedan a extraditar ciudadanos a España.
– Principio de doble incriminación: el delito deberá ser considerado como tal en ambos países, de manera que no se extraditará por aquel que no sea considerado delito en España.
– Principio de especialidad: la persona entregada deberá ser juzgada y condenada por los delitos que han sido autorizados por España y por los que se ha emitido la orden de extradición, evitando así las acusaciones sorpresivas.
Fases del procedimiento de extradición en Alcobendas y San Sebastián de los reyes
En total se puede resumir el procedimiento de extradición en Alcobendas y San Sebastián en tres fases que son:
– Primera fase: se trata del momento de la recepción de la documentación, tras lo cual se dispone de 40 días para presentar todos los documentos que sean necesarios. Posteriormente, el Ministerio de Justicia dispondrá de ocho días para elevar su propuesta, mientras que el Gobierno dispondrá de 15 días. Si en este plazo el Gobierno no se pronuncia, el Ministerio de Justicia dispondrá de tres días adicionales para actuar en su nombre.
– Segunda fase: es la fase judicial, en la que el reclamado deberá comparecer frente al Juez Central de la Audiencia Nacional.
– Tercera fase: se trata de la fase gubernativa, que es cuando el Gobierno fija fecha y lugar para la entrega de la persona reclamada. El país reclamante dispondrá de 15 días para realizar la recogida, plazo tras el cual el acusado podrá quedar en libertad. Si transcurren 30 días, deberá ser puesto en libertad obligatoriamente.
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