Abogados delitos económicos en Álcala de Henares
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Según el Código Penal, un delito económico de estafa ENLACE A DELITOS DE ESTAFA es aquel en el que un sujeto engaña otro con el objetivo de obtener parte de sus bienes, ya sea dinero, inmuebles o cualquier otro.
Es importante señalar que para poder ser considerado como delito, se deben cumplir varios requisitos. En primer lugar, el engaño con el que se convence a la víctima para realizar un pago o entrega de dinero u otro bien, en segundo lugar que ese engaño sea el motivo por el que la víctima realizó la transferencia o el pago y en tercer lugar, que se pueda demostrar el perjuicio.
De esta manera, quedarían fuera del concepto de delito económico aquellos casos en los que los argumentos dados por el supuesto autor sean inverosímiles o en los que no haya existido un engaño razonable, como por ejemplo si una persona pide a un tercero dinero para fabricar una máquina para teletransportarse o para fabricar dinero.
Los abogados penalistas expertos en delitos económicos en Alcalá de Henares deben analizar cada caso en particular de manera que puedan determinar si realmente existe delito de estafa o delito de apropiación indebida, estudiando las particularidades y las circunstancias que han podido llevar a la víctima a realizar el pago.
– Importe total que haya sido defraudado.
– Los posibles quebrantos económicos que el estafador haya podido causar al estafado.
– La relación existente, si la hubiese, entre el estafador y el estafado.
– Los diferentes recursos y medios que han sido utilizados por el estafador o defraudador.
– También se tendrá en cuenta cualquier otra circunstancia que permita valorar mejor la gravedad de la infracción cometida.
Las penas por cometer un delito de estafa dependerán de los criterios anteriormente dispuestos, mientras que el mínimo y el máximo de la condena se determinarán en función del importe defraudado de la siguiente manera:
– Cuantía defraudada inferior a 400 €: en el caso de que el monto total de lo defraudado se mantenga por debajo de los 400 €, el delincuente se expondrá a una multa desde uno hasta tres meses.
– Cuantía defraudada superior a 400 €: si la cuantía supera los 400 €, el estafador se enfrentará a un procedimiento en el que el fiscal solicitará penas de un mínimo de seis meses y un máximo de tres años.
Una vez determinado el importe defraudado y consideradas las penas, los abogados especializados en delitos económicos en Alcalá de Henares analizarán el resto de factores para determinar las posibilidades de cada caso en concreto.
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