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¿Cuáles son los delitos de apropiación indebida más comunes?
Delito de Apropiación indebida
El delito de apropiación indebida existe cuando la persona que recibe un bien que tenga obligación de devolver, en lugar de hacerlo, lo incorpora definitivamente a su patrimonio.
Es importante precisar varios puntos de la definición de apropiación indebida.
En primer lugar, debe existir una inicial posesión legítima, pues de lo contrario nos encontraríamos ante un hurto o robo.
En segundo lugar, concurre la obligación de devolver el bien recibido. Los casos en que la obligación de devolver no está fijada desde antes de la entrega del dinero o bien no son delictivos. Por ej. si un cliente le transfiere a un gestor sus ahorros para que los gestione, existe efectivamente la opción de devolver el principal y los intereses generados menos las comisiones a percibir.
En tercer lugar, para que exista apropiación indebida debe producirse la incorporación definitiva al patrimonio del autor. Este hecho se ha denominado también punto de no retorno, lo que implica que la persona que ha recibido el bien lo ha incorporado definitivamente a su patrimonio o el de terceros.
Por último, es necesaria la voluntad de apropiarse del bien. Es decir, los casos de imposibilidad material quedan al margen.
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Casos típicos
El delito de apropiación indebida se puede cometer respecto de cualquier tipo de bienes: dinero, efectos, acciones, propiedades, títulos, bienes muebles, etc. que se reciba en depósito, comisión o custodia o cualquier otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos.
- El marchante de arte que reciba una obra para su custodia o promoción y que una vez el propietario le reclama la devolución del bien, niega haberla recibido.
- El depositario de un bien que la entrega a un tercero en lugar de conservarla por el tiempo que dura el depósito.
- El comprador potencial que recibe a prueba un electrodoméstico y se niega a devolverlo.
- El albañil que recibe cantidades de dinero para comprar materiales para realizar una obra y se apropia de una parte de ellas sin destinarlas al fin.
Sectores habituales en que se comete
- Inmobiliario: las apropiaciones indebidas por cantidades entregadas a cuenta a una promotora, inmobiliaria, empresa de reformas, arquitectos o albañiles son habituales.
- Financiero: la proliferación de “gestores” que en realidad no lo son y chiringuitos financieros han provocado el aumento de las apropiaciones indebidas en este sector.
- Empresa familiar: la confianza existente entre miembros de la familia en ocasiones da oportunidad a apropiarse indebidamente de bienes o
dinero. - Familia: existen varios casos típicos, entre recién separados o divorciados pueden darse casos de apropiación indebida de dinero de la sociedad de gananciales y en casos de fallecimiento puede darse el caso de que uno de los herederos se apropia de bienes o cuantías que no le corresponden.
Cálculo de la pena
Para decidir qué pena merece el delito de apropiación indebida, los tribunales tienen en cuenta varios factores:
- El importe de lo defraudado.
- El daño causado a la víctima.
- Las relaciones entre el perjudicado y el defraudador.
- Los medios empleados por el defraudador.
- Otras circunstancias que sirvan para valorar la gravedad.
Casos agravados
Cuando la apropiación indebida sea de alguna de las siguientes características, las penas serán agravadas:
- Especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.
- Recaiga sobre cosas de primera necesidad, vivienda u otros bienes de reconocida utilidad social.
- Cuando el valor de lo apropiado supere los 50.000 euros o afecte a un número elevado de personas.
- Cuando el autor haya sido condenado en firme al menos por tres delitos de defraudación. No se tienen en cuenta los antecedentes cancelados o que pudieran serlo.
Delitos conexos
En muchas ocasiones, el delito de apropiación indebida se comete en relación o gracias a otros delitos anteriores o simultáneos:
- Falsedades: en muchas ocasiones, el autor del delito de apropiación indebida falsifica un documento con la intención de hacerse pasar por legítimo propietario del bien. Es decir, la falsedad se comete antes para así legitimar el acto posterior de apropiación.
- Administración desleal cuando el autor de la apropiación es administrador de la cosa o dinero apropiados, pueden cumplirse los requisitos de ambos delitos.
- Estafa: ambos delitos forman parte de lo que se conoce como defraudaciones y son delitos económicos. Sin embargo, la estafa se diferencia de la apropiación indebida en que en un primer momento no existe engaño, sino que hay entrega del bien legítima y es posteriormente cuando el poseedor se niega a devolverlo.
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